La Fundación Institucionalidad y Justicia, Inc., (FINJUS), ante la grave situación que se ha suscitado tras la designación de los 18 directores regionales del Ministerio de Educación, desea expresar a la opinión publica sus reflexiones al respecto, desde la perspectiva del impacto que en nuestra institucionalidad tendría el conflicto que ha comenzado a tener cuerpo en las últimas horas
Desde FINJUS valoramos que el Ministerio de Educación ha actuado apegado a la legalidad, al usar los mecanismos que le otorga la Ley Orgánica de Educación de la República Dominicana No. 66-97 para producir esa selección, utilizando los procedimientos adoptados en la Ordenanza No. 24-2017 que Reglamenta el Sistema Competitivo de Selección de Directores Regionales y Distritales.
Ajustándose a su contenido, el Ministerio encomendó a una Comisión de Expertos el estudio de los expedientes de los 149 candidatos presentados y posteriormente el Ministro realizó la designación correspondiente. De acuerdo a la información suministrada por el Ministerio, los profesionales seleccionados responden a los criterios de idoneidad y competencia que la Ley y la Ordenanza plantean.
Posterior a este Proceso, algunos directivos de la Asociación Dominicana de Profesores (ADP) han anunciado que desconocen la decisión del Ministerio de Educación y desde el pasado viernes 2 de marzo han iniciado acciones para impedir que las personas designadas puedan acceder a sus despachos y funciones.
Las acciones que han comenzado a tomar estas personas para impedir el cumplimiento de una decisión emanada de la Ley constituye una nueva edición de las actitudes antidemocráticas que caracterizan a algunos sectores que se niegan a acatar las decisiones de nuestro ordenamiento jurídico y representan una grave amenaza a la estabilidad, la gobernabilidad y la convivencia pacífica y de manera especial, constituyen una vulneración del derecho fundamental a la educación de niños, niñas y adolescentes en la República Dominicana.
Esta actitud antidemocrática es la que exhiben en ocasiones algunos gremios en el área del transporte que ha llegado a obstaculizar el libre tránsito y han entorpecido el normal desenvolvimiento de los muelles del país.
FINJUS exhorta al Ministerio de Educación a tomar todas las medidas legales que sean adecuadas para garantizar el derecho fundamental a la educación en la sociedad dominicana, procediendo a elevar los recursos necesarios en la jurisdicción correspondiente para poner un alto a estas actitudes que dañan gravemente a los más pobres del país.
Ningún sector puede atribuirse una posición de juez y parte en los conflictos que se originan en una sociedad democrática, colocándose por encima del ordenamiento jurídico y erigiéndose en propietario de la verdad y la razón.
Es el momento de enfrentar esta grave situación que se está abriendo con firmeza y apego total al debido proceso y los procedimientos legales y constitucionales vigentes.
En otras ocasiones, desde FINJUS habíamos analizado jurídicamente los detalles de esta discusión, determinando así que los esquemas de designación que instituye la Ordenanza No. 24-2017 sí están adecuados al artículo 139 de la Ley Orgánica de Educación, la cual establece que “Los cargos administrativo-docentes y técnico-docentes de los diversos niveles del sistema educativo público serán servidos previos concursos de oposición, o por oposición y méritos profesionales”[1].
Sumado a lo anterior, la norma en ningún momento prohíbe la presentación de ternas, tal como bien realizó el Ministerio de Educación, sino que esta última entidad, a través de la formulación de políticas públicas, logró darle operatividad a un texto legal, del cual depende mucho la educación de nuestro país.
Dr. Servio Tulio Castaños G.
4 de marzo del 2018.
[1] Ley Orgánica de Educación de la República Dominicana No. 66-97. Artículo 139. Subrayado nuestro.
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