La Fundación Institucionalidad y Justicia, Inc., (FINJUS) considera que es preocupante sea la Junta Central Electoral a quien se le quiera atribuir la facultad de organizar las primarias que eventualmente celebrarían los partidos políticos. Tal como establece el artículo 216 de la Constitución, “La organización de partidos, agrupaciones y movimientos políticos es libre, con sujeción a los principios establecidos en esta Constitución[1]”. Esta libertad de organización de los partidos políticos, es lo que determina que ningún órgano se inmiscuya en sus asuntos internos, como lo es la celebración de las primarias. Lo que sí podría hacer la Junta Central Electoral…